Por qué tu blog te puede traer problemas legales y cómo evitarlos

Por qué tu blog te puede traer problemas legales y cómo evitarlos

por Berto López, 12 de Marzo del 2015
La enorme mayoría de los bloggers ni se plantean que su blog pudiera ser el origen de problemas jurídicos, incluso de problemas serios. Es más, en algunos otros países existe incluso un (perverso) negocio creado en torno a las demandas a páginas web que violan la ley.
Potencialmente cualquier blog puede ser una fuente problemas legales si bien es cierto que el riesgo de que ocurra es muy bajo.
Así que no te sofoques al leer esto, pero el quid de la cuestión es simplemente que exponerte a ello es totalmente innecesario porque con una serie de sencillas medidas este riesgo lo puedes eliminar muy fácilmente como verás en el post de hoy y así ya te quedas tranquilo.
Junto con el artículo de hoy te proporcionamos además una serie de plantillas que te van a permitir cubrir con muy poco esfuerzo los puntos esenciales a tener en cuenta.
¿Por qué me pueden sancionar si tengo un blog?
El motivo más obvio y del cual la mayoría de la gente probablemente sea consciente, son los contenidos que incurran en infracciones legales o incluso en delitos como lo puede ser, por ejemplo, copiar contenidos de terceros, usar nombres o signos de marcas protegidas o soltar determinadas injurias en tu blog o a través de las redes sociales.
Pero hoy no quiere hablar de ese tipo de cosas relativamente evidentes, sino de aquellos aspectos que no son tan obvios y de los cuales probablemente no seas ni consciente.
En ese sentido me voy a centrar en dos cuestiones:
Las obligaciones que nacen del hecho de ser un “prestador de servicios de la sociedad de la información”, tal como lo entiende la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. El matiz clave aquí es que el concepto de prestador de servicios incluye también a particulares que generan algún tipo de beneficio económico para el titular del sitio (por ejemplo, por usar unos simples anuncios AdSense en sus páginas). Los particulares normalmente no suelen ser consciente de esto y por tanto tampoco de sus correspondientes obligaciones legales.
La problemática que implica recabar datos personales (por ejemplo, al usar una sección de comentarios) y que viene regulada fundamentalmente en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1720/2007.
Siendo estos temas cuestiones un tanto sensibles, antes de continuar, quiero insistir una vez más en que Ciudadano 2.0 es un blog de investigación, recopilación y divulgación y por tanto este post es un simple trabajo de orientación, no de asesoría profesional, y que por su envergadura y alcance no puede entrar en los matices y lógicamente no puede sustituir la consulta con un profesional especializado en estas cuestiones, especialmente en aquellos blogs que vayan más allá de un simple blog personal (por el nivel de ingresos económicos obtenidos, naturaleza peculiar de sus contenidos, etc.)


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